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Sociedad Cooperativa

SOCIEDAD COOPERATIVA

Nº SOCIOS

Mínimo 3

CAPITAL

Mínimo 1.804 euros, debiendo estar desembolsado como mínimo el 25% en el momento de la constitución

RESPONSABILIDAD

LIMITADA al capital aportado

REQUISITOS CONSTITUCIÓN

Necesita proceso de constitución y adopción de personalidad jurídica

TRÁMITES CONSTITUCIÓN

Trámites>>

IMPUESTO QUE GRAVA LOS BENEFICIOS

I. SOCIEDADES (Régimen Especial)

OBLIGACIONES FISCALES

OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES

Contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad
 
LIBROS REGISTRO (IVA)
Régimen General:
- Facturas emitidas
- Facturas recibidas
- Bienes de inversión

OBLIGACIONES LABORALES

SEGURIDAD SOCIAL

- Pueden optar por Régimen General o Autónomos, con la condición de que todos se incluyan en el mismo régimen, por lo que pueden estar constituidas por inmigrantes, independientemente del permiso de trabajo que tengan.

OTRAS OBLIGACIONES

Facturas, hojas de reclamaciones, protección de datos, recurso cameral.

VENTAJAS

IAE: bonificadas en un 95%; es decir pagan un 5% de la cuota.
ITP y AJD: exención del 100%.
I. Sociedades: tributan al 20% y gozan de una bonificación del 50%. En la práctica vienen pagando alrededor de un 8,5% sobre los beneficios Cooperativos. Sobre los beneficios Extracooperativos el tipo impositivo es el 35 %.

LEGISLACIÓN

Reguladas por la Ley 27/1999 de 16 de julio

Más información

Manual de las Cooperativas


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