Carácter especial del contrato de compraventa de empresa
Otras vías de transmisión de empresas
La compraventa es un contrato por el que uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto en dinero o signo que lo represente.
No existe una regulación específica para este contrato, sino que las partes deben pactar en él cuantos aspectos consideren relevantes en función:
a) de la actividad que se transmita, y
b) de las peculiaridades de los diferentes elementos objetos de la transmisión.
El tamaño y cifras de la actividad incidirán en la complejidad de la redacción del contrato, siendo conveniente que se incluya como Anexo al mismo un inventario de los elementos que se transmiten y la situación registral, en su caso, de cada uno de ellos. Es recomendable el asesoramiento de expertos.
Carácter especial del contrato de compraventa de empresa
Es un contrato complejo porque concurre en él la transmisión de muchos elementos patrimoniales, y cuenta con carácter especial porque:
a) Es complejo y especial el objeto que se transmite: la empresa.
Los requisitos de la empresa como objeto del contrato de compraventa son los siguientes:
- Existencia real o posible de la empresa.
- Licitud de la actividad de empresa, pues si no el contrato será nulo.
- Determinación de la empresa, que se detallará normalmente en la redacción del contrato mediante la cláusula denominada ‘Objeto del contrato’ y con el desglose de los bienes que la integran que suele añadirse como Anexo al contrato.
b) Aunque la forma del contrato de compraventa de empresa en principio es libre, se aconseja su formalización en escritura pública, incluyendo el inventario de los elementos que la forman.
A veces la forma escrita puede ser obligatoria si se transmiten como elementos de la empresa, por ejemplo, pabellones o lonjas, ya que para que la venta de bienes inmuebles surta efectos frente a terceros se precisa no sólo la constancia en escritura pública, sino también su inscripción registral.
Otras vías de transmisión de empresas
La transmisión, no obstante, puede producirse por otras vías distintas, entre otras:
a) embargo y posterior adjudicación a un tercero (transmisión forzosa);
b) transmisión hereditaria a la muerte de su titular (transmisión mortis causa);
c) donación (transmisión gratuita);
d) cesión global del activo y pasivo, si se trata de una sociedad
e) en procedimiento concursal.